Las dos islas enemigas
AMARANTO MARTÍNEZ DE ESCOBAR
14 de abril de 1910
Si véis que ultraja un bandido
con irascible furor
a una víctima que pide
socorro por compasión;
Decidme: ¿no sentiréis
ira en vuestro corazón
corriendo a salvar la víctima
de aquel bandido feroz?
Si dos personas disputan
por codicia, o con razón,
sobre bienes, cuya herencia
les corresponde a los dos:
¿no es justo partir los bienes
y aconsejar transacción,
y que vaya cada uno
con su santa bendición?
Si dos enemigos riñen
con africano rencor,
con un odio inextinguible
de secular tradición;
¿no es humano separarlos?
Pues entonces ¡vive Dios!
¿Cómo consiente el Gobierno
que dos islas como son
Gran-Canaria y Tenerife;
de una aliente la ambición
haciendo a Canaria esclava
de Tenerife baldón?
¿Para tamaña injusticia
existe alguna razón?
Si Gran-Canaria se basta
si no quiere más tutor,
si anhela su independencia,
y pide su redención;
y que no chupe su sangre
la tinerfeña ambición;
¿Por qué no acuerda el Gobierno
el separar a las dos?
¿Por qué ha de sufrir Canaria
semejante inquisición?
¿Por qué, repito, por qué
no otorgar su división?
Si el mar las ha separado,
si el Señor las dividió;
si apartar a los que riñen
es ley de la religión;
si amparar aquel que gime
es de humano corazón;
si es justo partir los bienes
para calmar el rencor;
¿Por qué no dar a Canaria
su anhelada división?
¿Para tamaña injusticia
existe alguna razón?
Pues si el Gobierno
persiste ayudando al agresor;
Y a la víctima que gime
le niega su protección;
si no hay justicia en la tierra;
si así los Gobiernos son;
de semejantes Gobiernos
Domine, libera nos.
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