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La Voz de Gran Canaria

Una nueva ley prohíbe el ‘autobombo’ publicitario a las instituciones públicas

Una nueva ley prohíbe el ‘autobombo’ publicitario a las instituciones públicas

La nueva ley estatal de Publicidad y Comunicación Institucional, aprobada la semana pasada definitivamente por el Congreso de los Diputados, prohíbe de manera expresa a todas las administraciones públicas hacer autobombo de sus logros, como en estos días hace el Cabildo de Gran Canaria con una exposición en el centro comercial Las Arenas, en la que ensalza sus actuaciones en la comarca Norte de la Isla. El texto legal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y la exposición dura hasta el 15 de enero.
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El Congreso de los Diputados aprobó el jueves de la semana pasada el Proyecto de Ley de Publicidad y Comunicación Institucional, que regula las campañas de las administraciones públicas de modo que respondan al interés general y se desarrollen con la máxima corrección, transparencia y garantías para los ciudadanos, según informa Presidencia del Gobierno a través de una nota de prensa. El texto de la ley no ha recogido finalmente las enmiendas aprobadas en el Senado, con los votos del Partido Popular y PNV.

Estas enmiendas afectaban a dos aspectos muy importantes del proyecto. En primer lugar suprimían el punto 2 del artículo 3, por el que se establece que las campañas institucionales se desarrollarán exclusivamente cuando concurran razones de interés público y en el ejercicio de competencias propias.

En segundo lugar, las enmiendas del Senado eliminaban la disposición final segunda, que otorga el carácter de legislación básica al artículo 4 de la ley. Este artículo establece aquellos tipos de campaña que no pueden ser desarrollados desde el ámbito institucional.

Entre estos destacan las campañas que puedan tener como fin ensalzar logros de la propia gestión o menoscabar la tarea de otras administraciones, así como aquellas que incluyan mensajes discriminatorios o inciten directa o indirectamente a la violencia o los comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico.

Eliminar el carácter de legislación básica para estos principios significaba que su obligatoriedad sólo afectaría a la administración general del Estado, y no al resto de administraciones públicas.

El texto aprobado en el Congreso de manera definitiva garantiza finalmente que tanto la administración central, como las autonómicas y municipales estarán obligadas, en cuanto a las características de su comunicación y publicidad, por el citado artículo, y no podrán por tanto llevar a cabo campañas de autobombo o de ataque a otras administraciones.

Se pone fin así a la confusión que a menudo se producía entre información institucional e información pro-gubernamental, y se asegura el sentido institucional de las campañas informativas promovidas por los poderes públicos.

Además, la ley garantiza que la actividad de publicidad y de comunicación institucional se sujete a los mismos criterios que cualquier otra actuación de la Administración. Es decir, que se produzca de manera neutral y conforme a criterios estrictos de austeridad.

Sin embargo, en el Cabildo de Gran Canaria, que mantiene abierta la exposición para ensalzar sus logros en la comarca Norte de la Isla por medio del Plan de Embellecimiento y el Plan de Adecentamiento de Carreteras, la partida presupuestaria destinada en 2006 a publicidad y propaganda alcanza los mil millones de las antiguas pesetas. Hay que destacar igualmente la mayor protección que esta ley otorga a los colectivos, que la precisan, bien por sus dificultades para acceder a la información o por su especial vulnerabilidad pública.

Aspecto importante es también que se proporcionan a los ciudadanos y entidades garantías eficaces para que puedan reaccionar cuando consideren que no se han respetado los límites de la neutralidad y la lealtad entre instituciones, o que se vulneran derechos o valores constitucionales, como la igualdad.

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