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La Voz de Gran Canaria

"¡Quiero darme de baja del teléfono y no puedo!"

"¡Quiero darme de baja del teléfono y no puedo!"

Una de las paradojas de la vida comercial a las que se enfrentan comúnmente los consumidores radica en la gran facilidad con la que se pueden dar de alta en distintos servicios, como los bancos o las compañías de telefonía, y la gran dificultad que supone a veces darse de baja de estos mismos servicios. Para no perderse en la maraña de intermediarios a los que suelen remitir las empresas o terminar desquiciado mandando el fax que le piden (y que nunca llega), sería recomendable que siguiese los consejos de la Asociación de consumidores y Usuarios de Telecomunicaciones (ACUT).
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"¡Quiero darme de baja y no puedo!", "¡cuando llamo para reclamar no me escuchan!" o "envío el fax que piden, pero siempre contestan: su fax no consta, vuelva a enviarlo", son algunas de las frases (suavizadas no obstante) que pronuncian los hastiados consumidores de servicios de telefonía que intentan dar de baja la línea contratada con una determinada compañía.

La mayoría de las veces, encontrar el departamento o persona encargada de dar de baja a los clientes ya supone una auténtica aventura, que se convierte en pesadilla cuando, por fin localizado, nos dan los requisitos necesarios para acabar con la relación comercial.

El fax y la carta suelen ser los medios que las compañías de telefonía eligen para dar garantía de que su cliente quiere terminar su contrato. Sin embargo, el cliente no lo tiene tan fácil, a pesar de la relativa sencillez de mandar un documento a través del fax, ya que suele ser común que la compañía nos conteste que no tiene constancia de la recepción del dichoso documento, encerrando al cliente en un círculo del que la mayoría de las veces tiene sólo una salida: el desistir del empeño y continuar facturando cada mes con la misma compañía.

Algunas recomendaciones

La ACUT ha puesto en su página web una serie de consejos que nos evitarán vernos encerrados en este círculo. Lo primero que indican es que si un contrato se formaliza a distancia, se dispone de 7 días para comunicar la baja sin que se nos pueda aplicar ninguna penalización ni gasto excepto el del consumo realizado y la parte proporcional de las cuotas fijas. Antes de solicitar la baja, recomiendan revisar el contrato y preguntar al servicio de atención al cliente si existe penalización.

Cuando solicite la baja, la empresa prestadora del servicio está obligada a dar una referencia que identifique la queja o reclamación y facilitar un documento que acredite la presentación y contenido de esta al operador. También recuerdan que la empresa tiene 15 días para hacer efectiva la baja a contar desde el día de recepción.

“Es muy recomendable –dicen- solicitar la baja de forma fehaciente. Aunque existen dos formas: carta certificada y burofax, es preferible hacerlo por burofax con certificación de contenido y acuse de recibo incluyendo fotocopia del DNI del titular del servicio para certificar la titularidad del que cursa la solicitud (si el titular de la línea es diferente al titular del servicio, hay que incluir y debe firmar el titular del servicio)”.

Hay que recordar el dar de baja a todos los servicios: el servicio principal y los secundarios como son los bonos u otros servicios contratados (aunque estos sean gratuitos, ya que pueden pasar a ser de pago) y si la baja se debe a un incumplimiento contractual por parte de la empresa prestadora del servicio, no es aplicable al cliente ninguna penalización en concepto de baja anticipada.

Por último, después de solicitar la baja hay que comprobar siempre que la solicitud ha llegado, se ha cursado y que el servicio de que antes disponía, ya no está operativo.

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